Esta semana se promulgó la Ley N° 32312 que autoriza el uso de armas de electrochoque por parte del personal de serenazgo municipal como medio de defensa en la lucha contra la inseguridad ciudadana.
La norma determina que entre los medios de defensa que pueden usar los serenos, según los recursos de cada municipalidad, se encuentra la pistola eléctrica o de electrochoque. La finalidad es prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas respetando los derechos fundamentales de las personas.
El personal de serenazgo municipal que, en el cumplimiento de sus funciones y haciendo uso de un medio de defensa en forma reglamentaria, cause daño contra la vida, el cuerpo y la salud, estará exento de responsabilidad penal, añade la ley.
De acuerdo con la Ley N° 32312, que habilita el uso de estas armas, los serenos que usen estos dispositivos deberán ser previamente capacitados en el uso de la pistola eléctrica o de electrochoque, lo que incluye entrenamientos en campo, polígonos de tiro y simuladores.
Rímac: “Servirá para intervenciones menores”
Para el alcalde de Rímac, Néstor de la Rosa, se trata de una norma que suma en el combate de la delincuencia común, donde se requiera el control inmediato del delito en flagrancia.
“En esta guerra (contra la inseguridad ciudadana) todo elemento disuasivo suma. En lo particular, debe evaluarse en qué situaciones debe usarse un arma de electroshock, o eléctrica. Por ejemplo, no puede ser en un asalto porque te van a matar. Hay que preparar a los serenos y revisar bien la ley en el tema de la capacitación”, detalló en entrevista con Andina al Día.
Este tipo de armamento -dijo- puede podría servir para intervención de barras, problemas familiares, cosas menores, “pero lamentablemente cuando hay extorsiones, asaltos, no podemos usarlos porque la delincuencia es más vehemente, no piensa; y muchos delincuentes están inyectados con droga y actúan directo a matar”.
Destacó que los policías y los guardaespaldas son los únicos facultados para portar armas y si se quiere contar con sus servicios se les tiene que pagar un sueldo no menor a los 3,000 soles, presupuesto que no tienen todos los municipios, como el suyo.
En ese contexto, sugirió que la aplicación de esta norma debe ir acompañada de otras medidas de impacto en el índice delictivo, como mejorar la iluminación en las calles principales de la ciudad, restringir el acceso a información delicada de la Sunat, construir un penal en La Rinconada de Puno, entre otras medidas.

Surco: “Ayudará a poner orden en las calles”
El alcalde de Surco, Carlos Bruce, destacó que la posibilidad de matar a alguien con este tipo de armas es nula, tal como se lo han confirmado burgomaestres de otros países donde se tiene experiencia en el tema.
“Son herramientas que permiten inmovilizar rápidamente a las personas que están subidos de tragos o con drogas (…). Ahora, un sereno va a poder reducir a quien se niegue a este obedecer las instrucciones porque los serenos trabajan poniendo orden en las calles por cuenta del municipio”, detalló el burgomaestre en TV Perú.
Bruce adelantó que próximamente su distrito comprará 200 armas no letales que serán entregadas a un cuerpo de élite del serenazgo de Surco.
“Cada uno de nuestros 110 patrulleros va a tener una de estas armas. Y vamos a cumplir todo un protocolo. Estas armas no son de agresión, son armas que neutralizan”, detalló.
Magdalena: “No bajarán la incidencia delictiva”
Para el alcalde de Magdalena del Mar, Francis Allison, la nueva ley que faculta el uso de armas no letales al servicio de serenazgo servirá para el manejo de ciertas situaciones de peligro para los vecinos de cada jurisdicción, pero no tendrán gran impacto en la ola de inseguridad que afecta la capital.
“Las armas no letales no son para bajar la incidencia delictiva. Nadie puede creer que ahora que el sereno tenga pistola eléctrica va a bajar el sicariato, el robo o la extorsión”, declaró a Tv Perú.
Sostuvo que el arma no letal es un elemento que usa el serenazgo para su defensa personal y se suma al equipo que en este momento puede portar, como chaleco antibalas, gas pimienta, bastón y escudo “son mecanismos básicamente de defensa”.
Explicó que el sereno podrá usar estas armas no letales, por ejemplo, “si viene un comerciante con el cuchillo con intención de herir a un sereno. En ese caso usará su arma de letal, pero no va a poder enfrentarse a un asaltante solamente con un arma eléctrica”.
“Claro es mejor tenerla que no tenerla. Pero en principio no se recomienda a ningún miembro de serenazgo enfrentar a un maleante con arma de fuego sin tener él también un arma de fuego”.
Indicó que años atrás Magdalena del Mar y el Municipio de Lima fueron los primeros en comprar todas las armas no letales, todas, incluida las pistolas de balas de goma, que es la más efectiva, pero una serie de normas impidieron su uso.
“Ahora se ha vuelto a modificar la ley para incluir el arma eléctrica”.
El burgomaestre lamentó que los efectivos del serenazgo sean los únicos peruanos que están inhabilitados para portar armas de fuego en todo el país.
“En el artículo 2 de la Constitución Política están los derechos fundamentales de la persona, entre ellos la legítima defensa que es el derecho que nos da la ley. Incluso uno puede acabar con la vida de un delincuente para salvar la tuya o la de otro ser humano. El único peruano o peruana que no puede usar un arma de fuego en el Perú para defensa personal es el serenazgo. Aunque parezca mentira”.
Refirió que en el país “todos los ciudadanos, todos sin excepción, pueden tener arma de fuego para defensa personal con una sola condición, que la tengan escondida”, por lo cual sugirió revisar la legislación actual a fin de darle mayor protección a los serenos que se enfrentan a diario con delincuentes prontuariados y dispuestos a todo para lograr sus fechorías. (Andina)